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Atribución del uso al esposo, es el arrendatario y la esposa se ha ido a vivir con su madre.

No existiendo hijos menores y estando el contrato de arrendamiento de la vivienda social a nombre del esposo se le atribuye a él el uso dado que la esposa abandonó el domicilio y trasladó su residencia al domicilio de su madre. Ambos cónyuges perciben la prestación por desempleo y el esposo carece de familiares que puedan auxiliarle.

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TAGGED: Vivienda familiar
admin 20 de marzo de 2017
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