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No existe motivo que justifique que, acordándose la custodia compartida, los tiempos de convivencia no sean similares

Lo acordado en la resolución recurrida no es un sistema de custodia compartida sino un régimen de visitas amplio para el padre, quedando la menor bajo la custodia de la madre, con desequilibrio amplio en los tiempos de permanencia con la hija, que perjudica el interés de la menor, sin causa justificada.

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La hija menor no fue oída

TAGGED: compartida, Guarda y custodia
admin 27 de marzo de 2016
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