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La condena penal no interfiere en el momento de decidir el uso de la vivienda familiar.

Se atribuye el uso de la vivienda familiar al esposo aunque fuese condenado por dos delitos de lesiones en el ámbito familiar, pues esos pronunciamientos penales no afecten a los pronunciamientos civiles que sobre dicho inmueble deben hacerse conforme a los criterios que marca el Código Civil.

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TAGGED: violencia, Vivienda familiar
admin 2 de marzo de 2015
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