La denominación de «custodia materna» asignada por la Audiencia no se corresponde con la realidad del régimen fijado, que distribuye de forma paritaria y continuada el tiempo y los cuidados de los hijos, por lo que la calificación formal no puede prevalecer sobre el contenido material de la medida, recalificándola como custodia compartida. Para continuar con la lectura es necesario ser cliente PREMIUM. Si ya tiene una cuenta con nosotros inicie sesión. introduciendo su clave de usuario. Si aún no es cliente debe registrarse.
