No concurre la excepción de violencia de género, pues la condena penal previa estaba cumplida y extinguida al interponerse la demanda, lo que hacía obligatorio el intento de MASC. Además, la recurrente incumplió la carga procesal de presentar una declaración responsable sobre la imposibilidad de negociar por desconocimiento del domicilio del demandado, conforme exige el artículo 264.4º de la LEC. Para continuar con la lectura es necesario ser cliente PREMIUM. Si ya tiene una cuenta con nosotros inicie sesión. introduciendo su clave de usuario. Si aún no es cliente debe registrarse.
