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¿Cuándo hay que reconvenir en una demanda de modificación de medidas?

Si en una demanda se pretende modificar solo la pensión de alimentos y el régimen de visitas, la parte demandada no puede en su contestación solicitar la modificación de otras medidas, sean de ius cogens o de carácter dispositivo, sin solicitarlo a través de la correspondiente demanda reconvencional.

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TAGGED: Cuestiones procesales
admin 17 de enero de 2026
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