El Diario delos Libros Azules de Derecho de Familia

Acceso Tienda
Al usar esta web, aceptas la Política de Privacidad y los Términos de uso.
Aceptar
  • Inicio
  • Actualidad
  • Estudios
  • Temas
  • Práctica judicial
  • Blog
  • Acceso Premium
Reading: Han pasado diez años, pero no existe retraso desleal en la reclamación que hace la esposa contra el esposo
Compartir
0

No hay productos en el carrito.

Notificaciones Mostrar más
Últimas noticias
La emancipación no es para “quitarse de encima” a un progenitor
Estudios
¿Puede una pareja de hecho liquidar sus bienes en el convenio regulador de medidas paternofiliales?
Práctica judicial
La mención en la demanda a que el padre es consumidor de droga no vulnera el derecho al honor
Tribunal Supremo
“Renuncio a la casa en favor de mi esposa”
Tribunal Supremo
Revocación de la donación por ingratitud
Tribunal Supremo
Aa
Libros azulesLibros azules
0
Aa
  • Technology
  • Inicio
  • Actualidad
  • Estudios
  • Temas
  • Práctica judicial
  • Blog
  • Acceso Premium
¿Ya tienes una cuenta? Iniciar sesión
Síguenos:
  • Advertise
Los libros azules © 2023 /Todos los derechos reservados

Han pasado diez años, pero no existe retraso desleal en la reclamación que hace la esposa contra el esposo

No existe abuso de derecho ni retraso desleal en la reclamación que la esposa hace al esposo en cuantía de 40.000 euros que aquella abonó para saldar una deuda privativa del esposo, máxime cuando que este, en documento privado, reconoció su obligación de devolverle la citada cantidad.

Para continuar con la lectura es necesario ser cliente PREMIUM. Si ya tiene una cuenta con nosotros inicie sesión. introduciendo su clave de usuario. Si aún no es cliente debe registrarse.

También te puede interesar

La inasistencia del Ministerio Fiscal a la exploración de la menor no es motivo para declarar la nulidad de actuaciones

A subasta pública, un cónyuge se opone a que se hagan dos lotes

El régimen de visitas puede desarrollarse en Italia, país natal del padre

Ejecución por impago de pensiones alimenticias

La custodia debe de ejercerla el padre y no la abuela paterna

TAGGED: Separación de bienes
admin 27 de septiembre de 2023
Compartir este artículo
Facebook Twitter Email Print
Artículo anterior Existe precario: el acuerdo del padre con la madre no vincula al abuelo paterno
Next Article No se fijan visitas: los hijos han creado un vínculo paterno filial con la pareja de su madre
Nuevo libro

Próxima aparición


Newsletter

Suscríbete para recibir los Newsletters blue de Los Libros Azules de Derecho de Familia

Gracias por suscribirte!

Términos y condiciones | Política de Privacidad y Cookies | Aviso legal

Los libros azules © 2025 / Todos los derechos reservados

Removed from reading list

Undo
Welcome Back!

Sign in to your account

Lost your password?