Cuando fallecen los padres y solo hay un inmueble que repartir es posible que uno de los hijos quiera adjudicarse la totalidad del inmueble, abonando a sus hermanos la parte que le corresponda, impidiendo de esta forma que el bien sea adquirido por un tercero.
Si el hijo que adquiere la propiedad del inmueble se encuentra casado en gananciales surge el problema jurídico de determinar a quien corresponde el inmueble: ¿Es privativo del cónyuge en su totalidad?¿Puede pertenecer al cónyuge y a la sociedad de gananciales?
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