El Diario delos Libros Azules de Derecho de Familia

Acceso Tienda
Al usar esta web, aceptas la Política de Privacidad y los Términos de uso.
Aceptar
  • Inicio
  • Actualidad
  • Estudios
  • Temas
  • Práctica judicial
  • Blog
  • Acceso Premium
Reading: No hay traslado ilícito, la madre tenía el ejercicio exclusivo de la patria potestad
Compartir
0

No hay productos en el carrito.

Notificaciones Mostrar más
Últimas noticias
La emancipación no es para “quitarse de encima” a un progenitor
Estudios
¿Puede una pareja de hecho liquidar sus bienes en el convenio regulador de medidas paternofiliales?
Práctica judicial
La mención en la demanda a que el padre es consumidor de droga no vulnera el derecho al honor
Tribunal Supremo
“Renuncio a la casa en favor de mi esposa”
Tribunal Supremo
Revocación de la donación por ingratitud
Tribunal Supremo
Aa
Libros azulesLibros azules
0
Aa
  • Technology
  • Inicio
  • Actualidad
  • Estudios
  • Temas
  • Práctica judicial
  • Blog
  • Acceso Premium
¿Ya tienes una cuenta? Iniciar sesión
Síguenos:
  • Advertise
Los libros azules © 2023 /Todos los derechos reservados

No hay traslado ilícito, la madre tenía el ejercicio exclusivo de la patria potestad

Teniendo la madre atribuido el ejercicio exclusivo de la patria potestad, resulta acertada la decisión adoptada por la Juez a quo de considerar que la madre podía decidir sin consentimiento del padre, el traslado de los menores, y la consiguiente fijación de un nuevo domicilio en Estados Unidos. Por tanto, no puede considerarse ilícito el traslado.

Para continuar con la lectura es necesario ser cliente PREMIUM. Si ya tiene una cuenta con nosotros inicie sesión. introduciendo su clave de usuario. Si aún no es cliente debe registrarse.

También te puede interesar

La inasistencia del Ministerio Fiscal a la exploración de la menor no es motivo para declarar la nulidad de actuaciones

A subasta pública, un cónyuge se opone a que se hagan dos lotes

El régimen de visitas puede desarrollarse en Italia, país natal del padre

Ejecución por impago de pensiones alimenticias

La custodia debe de ejercerla el padre y no la abuela paterna

TAGGED: Patria potestad
admin 16 de diciembre de 2020
Compartir este artículo
Facebook Twitter Email Print
Artículo anterior Ineficacia del pacto aplicando el exceso de adjudicación al pago de las pensiones alimenticias futuras
Next Article La ex esposa no puede alegar que está en riesgo de exclusión social y el lanzamiento debe llevarse a efecto
Nuevo libro

Próxima aparición


Newsletter

Suscríbete para recibir los Newsletters blue de Los Libros Azules de Derecho de Familia

Gracias por suscribirte!

Términos y condiciones | Política de Privacidad y Cookies | Aviso legal

Los libros azules © 2025 / Todos los derechos reservados

Removed from reading list

Undo
Welcome Back!

Sign in to your account

Lost your password?