Se acuerda privar al padre de la patria potestad al quedar acreditados los graves y reiterados incumplimientos de las obligaciones paterno filiales. Estuvo cuatro años sin tener ninguna relación con el menor y durante seis años no abonó la pensión alimenticia fijada en su día, comenzando a abonar una mínima cantidad a partir del año 2014 (tras la interposición de denuncias penales y ejecutivas). Además consta un informe psicosocial que refleja que el menor está integrado en un nuevo núcleo familiar con la madre y su pareja. Que el padre tenga mucho deseo de recuperar la relación no impide acordar la privación de la patria potestad.
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