Se desestima la petición de la madre de suspender las visitas y se acuerdan medidas esenciales para el restablecimiento de la normalidad en el grupo familiar indicando la actitud proactiva que se precisa por parte de la madre para la solución del conflicto, al no haber transmitido “permiso psicológico” al menor para relacionarse normalmente con su padre. Se establece el plazo de seis meses para que se lleve a cabo la primera etapa de la intervención, apercibiendo a los progenitores de que si no mejorase la relación del padre con el menor, se podría considerar que éste se encuentra en situación de desamparo.
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