No puede considerarse que existiese una comunidad entre los integrantes de una pareja de hecho, aunque posteriormente contrajesen matrimonio, y por tanto se condena a la demandada a abonar al actor la mitad de la cantidad que se abonó para la compra de un inmueble y que procedía de una cuenta bancaria en la que el actor realizó todos los ingresos. No cabe tampoco compensación que solicita la demandada por el trabajo realizado sin remuneración para una empresa del grupo familiar del actor.
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