Aunque en el momento de suscribirse el convenio regulador el hijo asistía a un centro público, constando en el mismo que los padres se obligan a asumir por mitad el coste de la escolaridad del hijo común (sin especificar pública o privada), se desestima la oposición del padre frente a la reclamación de la madre del pago de un centro privado.
Para continuar con la lectura es necesario ser cliente PREMIUM. Si ya tiene una cuenta con nosotros inicie sesión. introduciendo su clave de usuario. Si aún no es cliente debe registrarse.