La madre instó un expediente de jurisdicción voluntaria alegando que el padre llevaba a la iglesia evangélica al hijo común menor de edad (nacido en 2016) y le enseñaba pasajes bíblicos en el dispositivo electrónico que utilizaba (tablet), adoctrinándole en la fe evangélica, solicitando que se le atribuyera el ejercicio exclusivo de la patria potestad respecto de la facultad de decidir sobre la formación religiosa del menor hasta que alcanzara doce años de edad, con prohibición expresa al otro progenitor de realizar las conductas y prácticas religiosas descritas.
El Juzgado de Primera Instancia núm. 6 de Alcobendas dictó Auto el 27 de mayo de 2022 estimando la petición de la madre.
En grado de apelación, la Sec. 22.ª de la Audiencia Provincial de Madrid dictó Auto el 13 de enero de 2023 desestimando el recurso interpuesto por el padre.