Tras ser emplazada en el divorcio, la madre cambió unilateralmente de dominio junto a la menor, y el Juzgado ordenó a la madre a que en el plazo de tres días, reintegre a la menor en el domicilio familiar donde venía residiendo con su padre, con el apercibimiento expreso de incurrir en delito de desobediencia, para el caso de que no reintegre a la menor en dicho plazo.
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