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Por tener el hijo 16 años, en principio la relación con el padre según convengan ambos, pero se fija un régimen de visitas subsidiario.

No puede imponerse a un menor de 16 años un sometimiento a fechas y horarios que pueden interferir en sus actividades de ocio, deporte, relaciones sociales con amigos y por eso la relación paterno filial se deja la decisión libre de ambos. Sin embargo, a falta de acuerdo voluntario debe fijarse un régimen de visitas subsidiario con la finalidad de asegurar esa relación.

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TAGGED: Régimen de visitas
admin 30 de agosto de 2016
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