Cuando la hija mayor ya ha completado su formación carece de justificación imponer al padre la obligación de sufragar la segunda carrera que la hija ha empezado a cursar. No obstante, en atención a las circunstancias se fija la pensión en 100 euros, mínimo vital hasta que se independice económicamente, o bien hasta que tenga una edad suficiente que le permita vivir sin ayuda del progenitor.
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