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El Tribunal Supremo matiza su criterio sobre la atribución del uso de la vivienda cuando existen hijos mayores de edad

Ponderando que con el padre convive la hija mayor de edad sin independencia económica, se acuerda atribuir a éste el uso de la vivienda familiar por el plazo de dos años, pues consta que la madre abandonó el domicilio familiar y goza de una habitación adecuada a sus necesidades, y hay que tener en cuenta que la permanencia de la hija en la vivienda familiar, aún alcanzada la mayoría de edad, resulta acorde con la obligación común a ambos progenitores de darle habitación como parte de la obligación alimenticia.

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TAGGED: Vivienda familiar
admin 2 de febrero de 2017
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