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El trabajo que realizó la mujer para las empresas del compañero sentimental se valora en 60.000 euros

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Tribunal Supremo, Sala 1.ª, Sentencia de 6/5/2011. Ponente: Sra. Roca Trías

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Comentario: Se reconoce la existencia de una pareja de hecho y se fija a favor de la conviviente una indemnización por enriquecimiento injusto de 60.000 euros que deberán abonar los herederos del compañero sentimental fallecido. Dado que la indemnización se fija en atención al trabajo realizado por aquella para las empresas del difunto no procede fijar un porcentaje en sus bienes.

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TAGGED: Uniones de hecho
admin 4 de enero de 2013
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