En el caso no se ha podido acreditar la cantidad aproximada que el padre viene obteniendo con sus actividades, pero él mismo ha reconocido que consigue ingresos mendigando en la calle, fundamentalmente en la puerta de supermercados, y según ha venido admitiendo, antes obtenía ingresos de ayudar a aparcar coches. Respecto a sus gastos, se ha dado por probado en la instancia que paga mensualmente 230 euros por una habitación.
En base a estas circunstancias la Audiencia Provincial fijó una pensión alimenticia de 50 euros por hijo.
El padre interpuso recurso de casación que fue desestimado por el Tribunal Supremo.
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