El Tribunal Supremo ha dictado una Sentencia en la que considera que el modelo que protege el interés de la hija es la custodia materna. La separación se produjo cuando la madre se encontraba embarazada y desde el nacimiento, la hija -de 11 años- siempre ha vivido con ella, a quien se le atribuyó la custodia en la sentencia de separación dictada en el 2005. No existe motivo alguno para acordar la custodia compartida en el divorcio, pues el deseo de la menor es permanecer como hasta ahora.
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