Sin duda, Manuel –así se llama el protagonista de esta historia-, no podría prever las consecuencias de subir su currículum a Linkedin.
Esta plataforma es la mayor red profesional online a nivel mundial que permite conectar con profesionales, construir perfiles laborales, compartir contenido y explorar oportunidades laborales. Es esencial para el networking, el desarrollo profesional y el marketing laboral.
Los padres de Manuel se habían separado y el padre estaba obligado a pasarle una pensión alimenticia.
Un día Manuel tomó la decisión de subir a Linkedin su currículum: “Licenciado en Derecho. Práctica en oficinas judiciales. Una pasantía. Legal Intern durante 5 meses y Consultor de servicios financieros”. Ni más ni menos.
El padre, que estaba atento y vigilante a todo lo que se movía en internet (“A watchful eye”), probando el ChatGPT preguntó a qué se dedicaba su hijo y la inteligencia artificial le mandó a la página de Linkedin donde aparecía el perfil de Manuel y con gran satisfacción se sintió muy orgulloso de él, pero más satisfacción sintió cuando pensó ¡Por fin se terminó la obligación de pagar la pensión alimenticia¡
Dicho y hecho, al mes siguiente dejó de pagar la pensión.
La madre, con la que vivía Manuel, sintió cierta sorpresa cuando comprobó que el padre no había ingresado la pensión alimenticia del hijo. Pensó que sería un simple olvido. Pero al mes siguiente pasó igual, y así en los sucesivos meses.
La demanda de ejecución no se hizo esperar más y la madre le reclamó al padre 10 mensualidades, concretamente 4.312,10 euros.
El padre, al recibir la demanda de ejecución, se indignó ¿Cómo me puede reclamar la pensión cuando el hijo ya es independiente económicamente? Su perfil de Linkedin lo dice todo y es la prueba del evidente abuso de derecho en que incurre la madre en su reclamación, madre que además ya no tiene legitimación para reclamar nada por ser el hijo independiente económicamente.
Cuando la madre leyó el escrito de oposición, exclamó un: ¡Ojala fuese cierto que el hijo era independiente económicamente¡, pero Manuel está preparando unas oposiciones y no tiene ningún ingreso en la actualidad y nada ha percibido (bueno, para ser exactos solo 56,70 euros) en los trabajos de prácticas que ha tenido. Y para probar que lo que decía era verdad, presentó un certificado de la falta de afiliación de Manuel a la Seguridad Social.
El Juzgado desestimó la oposición y acordó que continuara la ejecución, pero el padre que volvió a entrar en Linkedin para asegurarse de lo que había visto, decidió interponer un recurso de apelación contra el Auto del Juzgado.
El caso llegó a la Audiencia Provincial de Barcelona, Sec. 18.ª, dedicada al Derecho de Familia, quien en su Auto de 21 de febrero de 2024 resolvió lo siguiente:
“Es conocido que un informe en Linkedin, con fines de promoción profesional, no suele estar fundado en datos verificables y el que se acompaña (en el que apenas se recoge una práctica en oficinas judiciales, una “pasantía” y ser Legal Intern” durante 5 meses o ser Consultor de servicios financieros, sin indicación de empresa) no es prueba suficiente de independencia económica”. Además en la alzada se constató que en el Punto Neutro Judicial (red de servicios que ofrece a los Juzgados información económica y patrimonial) no consta dato alguno que permita adverar que Manuel trabaja y es económicamente independiente.
El padre, comentando el caso con un amigo le dijo: No te creas todo lo que aparece en internet.