El Diario delos Libros Azules de Derecho de Familia

Acceso Tienda
Al usar esta web, aceptas la Política de Privacidad y los Términos de uso.
Aceptar
  • Inicio
  • Actualidad
  • Estudios
  • Temas
  • Práctica judicial
  • Blog
  • Acceso Premium
Reading: Que el padre pagara el material escolar no le obliga a seguir pagándolo en el futuro
Compartir
0

No hay productos en el carrito.

Notificaciones Mostrar más
Últimas noticias
El exesposo debía abonar el préstamo y el banco ejecutó la hipoteca, pero él no tiene responsabilidad frente a la exesposa
Audiencias Provinciales
Fecha a tener en cuenta para incluir el saldo de las cuentas bancarias en el inventario
Audiencias Provinciales
En el procedimiento de liquidación no puede declararse la nulidad de una compraventa de acciones
Audiencias Provinciales
Prescripción del derecho de reintegro de los cónyuges frente a la sociedad de gananciales
Audiencias Provinciales
Romance Scams: Cuando el amor es una estafa
Blog
Aa
Libros azulesLibros azules
0
Aa
  • Technology
  • Inicio
  • Actualidad
  • Estudios
  • Temas
  • Práctica judicial
  • Blog
  • Acceso Premium
¿Ya tienes una cuenta? Iniciar sesión
Síguenos:
  • Advertise
Los libros azules © 2023 /Todos los derechos reservados

Que el padre pagara el material escolar no le obliga a seguir pagándolo en el futuro

Como el padre en el pasado abonó en unas ocasiones el 50% del material escolar y en otras su totalidad, la madre pretendía que en el futuro siguiente abonándolo. El padre se opuso a dicha pretensión al no venir contemplada esta obligación en la Sentencia.

La AP de Barcelona, Sec. 12.ª, en su Auto de 13 de diciembre de 2016 le ga dadola razón al padre señalando que «en cuanto al material escolar, es unívoca la doctrina de esta Sección 12ª y de la 18ª, ambas especializadas en derecho de familia, de que se trata de un gasto ordinario por habitual y previsible y que debe tenerse en cuenta a la hora de calcular la pensión alimenticia; distinto es que en un convenio regulador de divorcio de mutuo acuerdo las partes quieran recogerlo de forma diferenciada, en cuyo caso podría exigirse aparte pero, en nuestro caso, las partes pactaron una pensión global sin efectuar excepciones; afirma la ejecutante que entre ellos tenían el pacto verbal de abonarlos aparte de la pensión, pero la negativa de la parte contraria a aceptar la existencia de este pacto no permite sino el cumplimiento estricto de la sentencia en sus propios términos literales. Si el padre en el pasado ha pagado gastos por este concepto por mitad con la madre o él en exclusiva, jurídicamente son meras liberalidades a cuyo pago no puede obligársele con la literalidad del título que se ejecuta, quedando su conducta al respecto en el plano estrictamente moral.

También te puede interesar

No siempre los alimentos pueden retrotraerse a la fecha de interposición de la demanda

El Tribunal Supremo ha vuelto a declarar la nulidad de actuaciones por no practicarse la audiencia del menor

Los padres echaron a la hija de la casa y tendrán que pagarle una pensión alimenticia de 600 euros

En interés de la hija menor antes que el del padre

La AEAFA pide al Ministro de Justicia la suspensión de la LO 1/2025 a los procesos de Familia

TAGGED: Pensión alimenticia
admin 18 de abril de 2017
Compartir este artículo
Facebook Twitter Email Print
Artículo anterior Los gastos extraordinarios son los que han pactado, aunque jurisprudencialmente no se consideren como tales.
Next Article El incumplimiento del régimen de visitas es achacable a ambos progenitores
Nuevo libro

Próxima aparición


Newsletter

Suscríbete para recibir los Newsletters blue de Los Libros Azules de Derecho de Familia

Gracias por suscribirte!

Términos y condiciones | Política de Privacidad y Cookies | Aviso legal

Los libros azules © 2025 / Todos los derechos reservados

Removed from reading list

Undo
Welcome Back!

Sign in to your account

Lost your password?