No puede imponerse a un menor de 16 años un sometimiento a fechas y horarios que pueden interferir en sus actividades de ocio, deporte, relaciones sociales con amigos y por eso la relación paterno filial se deja la decisión libre de ambos. Sin embargo, a falta de acuerdo voluntario debe fijarse un régimen de visitas subsidiario con la finalidad de asegurar esa relación.
Para continuar con la lectura es necesario ser cliente PREMIUM. Si ya tiene una cuenta con nosotros inicie sesión. introduciendo su clave de usuario. Si aún no es cliente debe registrarse.