La esposa tiene 52 años, el matrimonio duró unos 20 años, no padece enfermedad alguna, y aunque carece de conocimientos específicos para el desempeño de un trabajo en concreto, lo que evidentemente le va a disminuir sus posibilidades de incorporación a la vida laboral, se considera que la pensión compensatoria no puede ser vitalicia fijándose un periodo de percepción de ocho años.
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