Siempre ha sido una cuestión controvertida el momento en el que el cónyuge que se ha dedicado al hogar tiene que solicitar la compensación del art. 1438 del CC.
¿Debe solicitarla obligatoriamente en la demanda de divorcio? ¿Puede solicitarse en un procedimiento independiente? ¿Qué sucede cuando no se incluyó esta compensación en el convenio regulador? ¿Puede solicitarse en el divorcio cuando con anterioridad se tramitó la separación?
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