La ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, en su artículo primero modifica el artículo 9 de la Ley de Protección jurídica del menor que regula el derecho del menor a ser oído y escuchado.
En su nueva redacción, que entrará en vigor el 12 de agosto de 2015, el legislador ha decidido que “El menor tiene derecho a ser oído y escuchado sin discriminación alguna por edad, discapacidad o cualquier otra circunstancia, tanto en el ámbito familiar como en cualquier procedimiento administrativo, judicial o de mediación en que esté afectado y que conduzca a una decisión que incida en su esfera personal, familiar o social, teniéndose debidamente en cuenta sus opiniones, en función de su edad y madurez. Para ello, el menor deberá recibir la información que le permita el ejercicio de este derecho en un lenguaje comprensible, en formatos accesibles y adaptados a sus circunstancias… Para garantizar que el menor pueda ejercitar este derecho por sí mismo será asistido, en su caso, por intérpretes. El menor podrá expresar su opinión verbalmente o a través de formas no verbales de comunicación“.
La no discriminación por razón de la edad, parece indicar que el menor, tenga la edad que tenga, tiene derecho a ser oído y escuchado. Este derecho no puede cercenarse porque el menor no separ hablar, ya que el segundo párrafo del nuevo precepto contempla que el menor puede expresar su opinión verbalmente o a través de formas no verbales de comunicación.
Sin duda el legislador es consciente de que un menor, aunque por razones de edad no sepa hablar, puede expresarse a través de signos.
Parece que es urgente que tanto los jueces o como los integrantes de los equipos técnicos se pongan al día en el lenguaje de signos a bebés, para explorarles y conocer su opinión en los procedimientos de divorcio.
De momento, hay que recomendarles que vayan viendo la película “Los Padres de él” en la que Robert de Niro interpreta a un abuelo que a través de los baby-signos consigue comunicarse con su nieto para que el mismo le indique cuando quiere comer, dormir, etc… el problema será enseñarle al menor, cuyos padres se están divorciando, que es eso de la custodia compartida o la custodia monoparental.
Si finalmente no llegan a entender este lenguaje, como no podía de ser de otro modo, el legislador también da la solución “Para garantizar que el menor pueda ejercitar este derecho por sí mismo será asistido, en su caso, por intérpretes“. Ya nos hemos puesto en contacto con Robert de Niro y nos ha informando que a nadie se le ocurra proponerle como perito.