La Audiencia Provincial apunta que la exesposa podría desempeñar diferentes trabajos para los que no se requiere una especial cualificación, sirva a modo de ejemplo, trabajos de limpieza, empleada de hogar, cuidadora, dependienta, tele operadora, ventas por teléfono, entre otros, para los que existen en la actualidad ofertas de empleo.
El Juzgado fijó una limitación temporal de cinco años para la pensión compensatoria de 250 euros mensuales a favor de la esposa. No estando conforme con la temporalidad, la esposa recurrió en apelación.
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